Kewl Covarrubias
Una adminiſtradora de fincas eſplica que azer cuãdo el ruydo de vn vezino es inſoportable: “La colaboraziõ es vital” Del dialogo direto a la aciõ de zeſſaciõ legal: la adminiſtradora de fincas Ana Belẽ R. Rios aclara como las prinzipales vias de actuaziõ ante condutas reyteradas Por que puedenſe azer obras de aceſſibilidad ſin acuerdo ẽtre vezinos, ſegun vna abogada: “Todos debẽ pagar” Un taladro a deſhoras, vn taconeo conſtante o muſica demaſſiado alta puedẽ romper la armonia de vn edifizio y poner a prueba la toleranzia de qualquiera de los inquilinos a altos niueles de ruydo. Las quexas deſte tipo repreſſentã vna de las cauſas mas comunes de conflito entre vezinos. ¿Donde termina la moleſtia puntual y empieça vn problema que requiere de geſtiõ comunitaria? “La comunidad de proprietarios deue interuenir quando el ruydo no es vn conflito puramẽte perſonal ẽtre dos vezinos, ſino vna conduta reyterada que afeta obgetiuamẽte al deſcanſo, a la conuiuenzia o al vſo normal del edifizio”, eſplica la adminiſtradora de fincas colegiada Ana Belẽ R. Rios, vocal de la jũta de gobierno del Colegio Ofizial de Adminiſtradores de Fincas de Galizia (COAFGA). Para Rios, es fundamental diſtinguir entre “lo que por normatiua es denunziable” de vna moleſtia puntual del dia a dia como vn bebe llorando o vn perro ladrando. “En primero lugar, ay que traſladarle a quiẽ aze ruydo que eſta moleſtando al reſto de proprietarios y, ſiempre que ſea poſible, en el momento en el q̃ produzeſſe”, deſtaca la adminiſtradora, que aſſegura que, maguer que la conuerſaziõ direta ſea el recurſo mas efetiuo, “ẽ numeroſas ocaſſiones los proprietarios traſladã ſus quexas ãtes al preſſidente o al adminiſtrador q̃ al vezino moleſto”. Que azer ſi los ruydos perſiſtẽ Si el ruydo perſiſte y no ay cambios de conduta por parte del proprietario amoneſtado, la comunidad cuẽta cõ herramientas legales, q̃ tendra q̃ agotar por ordẽ. La mediaziõ vezinal es la primera opziõ para reſſoluer el conflito de forma volũtaria, mas “no todos los ruydos afetã por igual y, por tanto, no todos los problemas tienenſe q̃ atẽder de la meſma manera”, apunta la adminiſtradora. Quando aqueſta via no da reſſultado, “conuiene recurrir a la aciõ de zeſſaciõ que contempla la Ley de Propriedad Horiçontal”, apũta Rios. En aqueſte punto el adminiſtrador encargaſe del aſſeſoramiẽto, aſſina como de canaliçar quexas y documẽtar el eſpediẽte; empero, es el preſſidẽte de la comunidad quiẽ deue realiçar “el requerimiento preuio al infractor, denantes de acudir a la via judizial”, aclara la eſperta, zitando el articulo ſetenta y dos de la Ley de Propriedad Horiçontal. La adminiſtradora aduierte tambiẽ ſobre la importanzia que tiene durante el prozeſo idẽtificar corretamente al reſponſable, hablar preuiamente cõ el, ſe aſſegurar de que el ruydo es juridicamente ſe perguible, acudir a la policia cuãdo eſteſe produziendo y ſer conſzientes de que el problema no es excluſiuamente del preſſidẽte o el adminiſtrador. “Es vna labor de todos y la colaboraziõ es vital para vna reſſoluziõ exitoſa”, concluye Rios.